Acompañar la propuesta académica de la Regional en el proceso enseñanza-aprendizaje, atendiendo y formando usuarios autónomos, responsables y solidarios en el uso de los recursos (material bibliográfico, equipos, espacios físicos).Desempeñar estas tareas con calidad profesional y en un marco de equidad para con todos los lectores.
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La Biblioteca de la Facultad Regional del Neuquén - Universidad Tecnológica Nacional, es Pública y con orientación a las Carreras de Ingeniería y Tecnicaturas Superiores que se desarrollan en la misma
1. DE LOS USUARIOS
El presente reglamento tiene por finalidad renovar las normas que regulan los servicios que presta la biblioteca y ratificar los deberes de cuidado y de preservación de su material bibliográfico. Para ello es responsabilidad de todos los usuarios:
1.1. Cuidar y conservar el material bibliográfico
1.2. Utilizar el material solicitado en forma personal, sin transferirlo a terceros
1.3. Verificar que se dé de baja el material devuelto
1.4. Cumplir el reglamento en forma responsable, evitando comprometer al personal
1.5. Comportarse con el debido decoro y de acuerdo a las normas de educación
1.6. El uso de biblioteca está especialmente dirigido a: Docentes, Alumnos, Graduados y No Docentes, a los profesionales de la Ingeniería y Público en general dentro de las Normativas y condiciones establecidas en el presente reglamento.
1.7. Todo material que se reciba en la misma, pasará a formar parte de su patrimonio y los préstamos serán personales e intransferibles.
1.8. Se consideran “Usuarios” de los servicios de biblioteca, los que se indican a continuación clasificados en dos categorías:
1.8.1. INTERNOS: Socio de Biblioteca:
Todo personal ya sea Docente, Alumnos, Graduados y No Docentes, que contribuyen en forma voluntaria con una cuota Mensual de $ 4.00 más $ 1.00 para la confección del carnet, condición que los habilita para los servicios de Préstamo a Domicilio y uso de la Sala de Internet
1.8.2. EXTERNOS: Todo público en general podrá hacer uso de la Bibliografía dentro del establecimiento, dejando su D.N.I hasta la devolución del ejemplar, debiendo devolverlos el mismo día antes del cierre de la biblioteca, constituyéndose en responsables de las posibles pérdidas o deterioro del material aludido.
1.9. Requisitos de los Socios:
1.9.1. Los alumnos deberán realizar los siguientes trámites.
Presentar:
• Solicitud de socio
• Constancia de alumno regular
• DNI
• Foto Carnet
1.9.2. Los docentes/no docentes deberán realizar los siguientes trámites.
Presentar:
• Solicitud de socio
• Constancia activa de la Universidad
• DNI
• Foto Carnet
1.9.3. Los graduados de la Regional Académica Confluencia deberán realizar los siguientes trámites.
Presentar:
• Solicitud de socio
• Fotocopia del Título
• DNI
• Foto Carnet
2. DE LOS SERVICIOS
2.1. Todo material existente en la colección de biblioteca (diskettes, CD, videos, publicaciones periódicas, etc.) podrá ser consultado en la Biblioteca por todos los usuarios.
2.2. El personal Docente, Auxiliar, y los Estudiantes, podrán retirar el material para su uso en los cursos y laboratorios, debiendo devolverlos el mismo día, antes del cierre de la biblioteca, constituyéndose en responsables de las posibles pérdidas o deterioro del material aludido.
3. Préstamos a Domicilio
Sólo el usuario registrado puede retirar el material, no estando nadie autorizado para hacerlo en su lugar.
3.1. Se podrán retirar en préstamo domiciliario 3 (Tres) ejemplares por socios aquellas obras de las que se cuente con más de un ejemplar en existencia al momento de su requerimiento, durante un período de 5 (Cinco) días hábiles.
3.2. Queda prohibido el préstamo de las obras de referencia, los ejemplares únicos, los que correspondan a ediciones agotadas, libros que integren colecciones que pertenezcan al sector Hemeroteca así como las Tesis y Tesinas las que únicamente podrán ser consultadas en sala.
3.3. En todos los casos de préstamos para consulta en sala, el personal de la Biblioteca lo registrará en el sistema informático y dejará constancia de su devolución, que deberá producirse el mismo día de su retiro, dentro del horario de atención, de 14:00 hs a 21:00 hs.
3.4. Se deberá devolver el libro en la fecha de vencimiento indicada por el personal de biblioteca, el usuario que no devuelva el material en término será sancionado.
4. Renovaciones
4.1.1. La solicitud de renovación se hará personalmente, previa exhibición de la obra por cinco días hábiles, tantas veces, mientras el libro no quede registrado en el sistema de reserva.
4.1.2. En todos los casos cualquier procedimiento implica que los datos del usuario estén registrados previamente en el sistema informático del Departamento de Alumnos.
4.1.3. Para el caso especial de los egresados como los alumnos que terminaron de cursar la Carrera, se contemplará este tipo de préstamo únicamente si cumplen los plazos de devolución.
5. Reservas
Las reservas pueden efectuarse con anterioridad a las mesas de exámenes.
Confirmada la reserva de los títulos de interés, el usuario tendrá un periodo de 72 hs a partir de la renovación del libro, si se encuentra prestado, o para retirarlo en la fecha prevista.
Pasado el período mencionado se cancela la reserva.
6. Reservas por vacaciones
El usuario, podrá efectuar reservas de material bibliográfico, por vacaciones. Esto significa, que podrá disponer de material de su interés por el periodo que la biblioteca permanecerá cerrada (receso invernal y vacaciones de verano)
Las reservas se deberán realizar con 2 (dos) semanas de antelación a dicho receso a fin de tener garantizada la tenencia del citado material.
7. Sala de Internet:
7.1. El servicio se brinda como apoyo operativo a la formación de los estudiantes y para tener acceso al servicio de Internet, los interesados deberán cumplir las siguientes condiciones de uso:
8. DISPOSICIONES FINALES
8.1. El jefe del Departamento de Biblioteca dispondrá todo lo necesario a fin de que se dé fiel cumplimiento al presente Reglamento.
8.2. Cualquier caso no previsto será resuelto por la Comisión de Seguimiento del Proceso de Biblioteca.
8.3. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación y publicación.
1. La aplicación del régimen de sanciones es de naturaleza taxativa e irrevocable.
2. Los prestatarios que devolvieran el material prestado una vez vencido el plazo establecido o lo devolviera en malas condiciones serán pasibles de las siguientes sanciones:
2.1. Quienes no devuelvan el material prestado en el plazo fijado, les será suspendido el servicio de préstamo a domicilio, durante 3 (Tres) días por cada uno de retraso.
2.2. En todos los supuestos, los plazos de las suspensiones correrán, exclusivamente, entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de cada año.
2.3. En caso de reincidencia, el lector perderá el derecho de utilizar cualquiera de los servicios de la Biblioteca en forma definitiva.
2.4. Si se tratara de la pérdida del material prestado, el usuario estará obligado a denunciar dicha circunstancia, por escrito y en forma inmediata, a la Dirección de la Biblioteca y a comprometerse en la misma a su reposición dentro del plazo de los 10 (diez) días siguientes.
Mientras no se efectivice la reposición, se aplicará al usuario el procedimiento del inciso 2.1. y siguientes.
2.5. Si el usuario subrayare, marcare o dañare en cualquier forma los ejemplares impresos y/o los C.D.s, será pasible de algunas de las sanciones que a continuación se prevén.
2.6. En los casos de deterioro, mutilación, pérdida o falta de devolución del material prestado, se intimará en forma fehaciente al prestatario para que, dentro del plazo de 10 (Diez) días, proceda a su reparación o reposición.
2.7. Si al vencimiento de este plazo, el material no hubiese sido reparado, repuesto ó devuelto, el monto y forma de indemnización será establecido por la Comisión de Seguimiento del Proceso de Biblioteca a la que pertenezca que, hasta tanto no lo restituya, repare o devuelva, se verá imposibilitado de rendir los exámenes finales de las materias de la carrera que cursare, gestionar el diploma de egresado y de gestionar y obtener certificado de materias aprobadas y/o certificación de materias. Se dejará constancia de las sanciones que se apliquen en su legajo y en el Certificado Analítico y de Materias que, oportunamente, se le expidiesen.
2.8. Los socios serán responsables por el faltante de hojas de los libros, por lo que deberán revisar las obras al momento de retirarlas y comunicar al bibliotecario el faltante, si lo hubiere. Si así no lo hicieren les será aplicado el procedimiento y las sanciones contempladas en el inciso 2.1. y subsiguientes.
2.9. Cuando las circunstancias demuestren fehacientemente la imposibilidad de conseguir la/s misma/s obra/s para su reposición, la Dirección de Biblioteca, mediante comunicación idónea, solicitará al usuario, dentro del plazo de 10 (diez) días, que la reemplace por otra/s obra/s, la/s que en ningún caso tendrá/n un costo inferior a la/s extraviada/s. Si este incumpliere en tiempo y forma con dicha obligación, se mantendrán las sanciones aplicadas hasta que se produzca su reposición.
2.10. En los expedientes de gestión de título, las Unidades Académicas exigirán a los egresados, en oportunidad de iniciar el trámite, la presentación de un certificado de "Libre Deuda", que expedirá la Biblioteca, en el que conste que no se adeudan obras o documentos. Idéntica exigencia se deberá cumplir cuando se solicitaré la certificación de programas y/o certificado.
Bibliotecaria: Susana Yáñez
Contacto: [email protected]
Horario de atención
De Lunes a Viernes de 14:00 hs. a 21.00hs
Sede Central - Av. Pedro Rotter S/N.– Bº Uno
Plaza Huincul - Neuquén